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domingo, junio 28, 2026
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LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO PUSO EN VIGENCIA LA NUEVA NORMATIVA PARA CONTROLES DE ESPIROMETRÍA E INMOVILIZACIÓN DE VEHÍCULOS

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La Junta Departamental de Salto formalizó la entrada en vigencia del Decreto N° 7.731/2026, una nueva reglamentación que introduce modificaciones estructurales en los procedimientos operativos y administrativos ejecutados por el Área Gestión de Tránsito de la comuna. El texto actual deroga las pautas del anterior Decreto N° 6.650/2013, adecuando el ordenamiento legal local a las normativas del Reglamento Nacional de Circulación Vial y la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev).

Esta reforma técnica tuvo su origen en un dictamen de la Suprema Corte de Justicia, la cual declaró la inconstitucionalidad de los artículos que supeditaban o condicionaban la devolución física de un vehículo incautado al pago previo de las multas acumuladas.

Protocolo de actuación ante espirometrías positivas

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A partir de la aplicación de la nueva norma, cuando los inspectores de tránsito detecten un conductor con resultado positivo en las pruebas de alcoholemia, se activará el siguiente esquema de penalización:

  • Labrado de actas y retención: Se confeccionará de forma inmediata el Acta de Intervenido de Espirometría por duplicado, otorgando una copia al infractor y procediendo al retiro transitorio de la licencia de conducir, la cual será derivada al gobierno departamental emisor.
  • Conductores extranjeros: En caso de que el infractor posea documentación de otro país, la sanción será notificada formalmente por vía institucional a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y las oficinas consulares radicadas en Salto.
  • Derecho a contraprueba: La legislación salvaguarda el derecho del ciudadano a manifestar su disconformidad en el acto, pudiendo requerir de inmediato una prueba de contraste amparada en los parámetros del Poder Ejecutivo.

Inmovilización transitoria del rodado y traslado a depósitos

El infractor quedará inhabilitado de forma automática para continuar al mando del vehículo. No obstante, la normativa prevé mecanismos para evitar el acarreo inmediato de la unidad:

  • Acompañante habilitado: Si el conductor se encuentra acompañado por una persona civilmente responsable, con licencia vigente y espirometría negativa, esta podrá retirar el rodado firmando una declaración jurada.
  • Plazo de tolerancia: De no existir un acompañante, los inspectores aplicarán una inmovilización preventiva del vehículo en el lugar por un lapso estricto de 30 minutos. Si en ese período se presenta un tercero autorizado en condiciones óptimas, se le entregará la unidad bajo declaración jurada.
  • Guarda institucional: Vencido el plazo de tolerancia sin que se reclame el bien, el vehículo será trasladado a los depósitos acondicionados de la comuna. El Gobierno Departamental de Salto asumirá de forma directa la responsabilidad patrimonial por cualquier daño o deterioro que sufran los rodados durante el período de custodia.

Criterio definitivo de devolución y asignación de recursos

El propietario legítimo podrá retirar el vehículo de las dependencias municipales acreditando únicamente su titularidad mediante la documentación administrativa correspondiente. En estricto cumplimiento del fallo judicial, bajo ninguna circunstancia la Intendencia de Salto podrá exigir el pago previo de multas, tasas o recargos financieros como requisito obligatorio para la restitución del bien.

Este mismo protocolo técnico de control se aplicará para los casos de conductores inhabilitados, con licencias suspendidas o bajo los efectos de estupefacientes. En tanto, ante situaciones que involucren a menores de edad manejando sin habilitación y bajo los efectos del alcohol, se estipula la inmediata intervención de las fuerzas policiales y de la Justicia competente.

Finalmente, el Decreto N° 7.731/2026 mandata de forma expresa que la totalidad de los fondos recaudados por la aplicación de estas sanciones económicas se volcará exclusivamente al financiamiento de los planes locales de prevención, control y seguridad vial, incluyendo el equipamiento del Cuerpo Inspectivo, el soporte del servicio policial y los programas de voluntariado vinculados al tránsito.

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